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Presentación

El Consejo General de Colegios Oficiales de Educadoras y Educadores Sociales es una corporación de derecho público formada por todos los colegios profesionales de educadoras y educadores sociales del Estado, siendo su representante en el ámbito estatal e internacional.

El CGCEES trabaja para y por la defensa y la mejora de la profesión y ejerce un papel proactivo ante las políticas sociales para la mejora de la educación social y del servicio a las personas y colectivos con los que interviene. Promueve la participación conjunta, el debate y el cambio social.

En base a la trayectoria histórica de las anteriores entidades de representación estatal, su principal objetivo es trabajar por la Educación Social como profesión socialmente necesaria, dando cobertura a las entidades que lo forman a través de su coordinación y representación conjunta.

Ley de creación del CGCEES

Estatutos provisionales del CGCEES

Reglamento de régimen interior del CGCEES

  • Principio Nº 20: Responsabilidad

    El CGCEES debe asumir el papel del “deber” responsable ante las acciones asociativas que desarrolla tanto de forma interna como externa; y por consecuencia sus miembros son responsables de satisfacer el deber de participación, representación, igualdad, solidaridad, cooperación, cohesión, corresponsabilidad, independencia, coordinación, transparencia, pluralidad, integración, dinamización, sostenibilidad, denuncia y propuesta, autonomía y ética.

  • Documentos profesionalizadores

    El Código Deontológico, la Definición profesional de Educación Social y el Catálogo de Funciones y Competencias, configuran los tres documentos básicos que se establecen como base para articular la cultura y la identidad de la figura de la Educadora y el Educador Social.

    Documentos Profesionalizadores

    Definición de Educación Social
    (página 7)

    Código Deontológico
    (página 19)

    Catálogo de Funciones y Competencias
    (página 33)